Tras la aprobación por el Congreso seis meses atrás, la reglamentación ejecutiva ha sido tildada de insuficiente y rechazada como «una broma de mal gusto».
El Gobierno argentino reglamentó parte de la ley que autoriza el uso medicinal del cannabis y sus derivados, aprobada el pasado 29 de marzo en el Congreso. Si bien es cierto que hay fragmentos de la legislación que todavía no cuentan con un marco regulatorio para ser aplicados, la medida del Ejecutivo se presenta como un avance para aquellos enfermos que requieran de tratamientos alternativos.
La información fue publicada este 22 de septiembre en el Boletín Oficial, y allí se detalla quiénes serán los destinatarios del programa sanitario: «Las acciones de promoción y prevención deben estar dirigidas a las personas que, por padecer una enfermedad bajo parámetros de diagnósticos específicos y clasificados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de las plantas de cannabis y sus derivados».
El artículo más importante para los destinatarios es el séptimo, donde se informa que «la provisión del aceite de cannabis y sus derivados será gratuita para quienes se encuentren inscriptos en el programa». A su vez, también se reglamentó que el organismo encargado de aplicar esas disposiciones será el Ministerio de Salud y se instó «al señor jefe del Gabinete de Ministros a efectuar las reasignaciones presupuestarias que sean necesarias para atender las erogaciones que requiera el cumplimiento» de la norma.
La ley 27.350, de investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, como lo indica su nombre, impulsa aumentar los saberes sobre estos procedimientos médicos no tradicionales. Al respecto, la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia destaca que «resulta prioritario contar con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta, sus derivados y su impacto en el organismo».