Consejo de la SOCIEDAD CIVIL (Red Servicio de Salud Metropolitana Sur)

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En una breve pero concisa conversación con María Mirando, entramos en la dinámica entre los movimientos ciudadanos y los mecanismos o el mecanismo para poder ser escuchados y visibilizados por la estrucgtura del poder polìtico, en este caso: el Estado.

María Miranda Parra, actualmente presidenta del COSOC de la Red Servicio de Salud Metropolitana sur, de profesión TENS. Histórica dirigente social, tiene una profunda historia de trabajo barrial o vecinal, surgido en los dictatoriales años 80, con la gestión de ollas comunes.

En la conversación, María nos hace un breve relato sobre el COSOC del Metropolitano Sur, donde participa y qué comunas las compone. Sobre los COSOCs, hace referencia a la Ley 20500, que en lo medular, establece que todos los órganos del Estado deben tener un consejo de la sociedad civil, por ejemplo, en los municipios y en ésto, deben estar diversos dirigentes sociales representativos y su participación es sin fines de lucro o ad honorem. Los integrantes deben tener competencia con las diversas áreas de la sociedad.

En el caso de nuestro COSOC, añade María Miranda, que atiende el área de la salud o la atención en la salud publica, se debe ser de los CDL (Consejo de Desarrollo Local), que es la participación organizada de los vecinos en tanto usuarios en salud en los hospitales; participan allí además las etnias, los migrantes, la juventud, la tercera edad, etc.

El COSOC en el cual participa María Miranda, está compuesto por representantes de las once comunas del área Sur: San Miguel, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, La Cisterna, San Joaquín, El Bosque, San Bernardo, Buin, Paine, Calera de Tango.

María nos comenta que hasta hoy, el trabajo desarrollado por el colectivo, se considera bueno, sin dejar escapar un dejo de autocrítico por no haber alcanzado un mejor trabajo, algo que queda como desafío.

Puntualizando logros y tareas:

  • Debemos ver la forma  en que se  pueda  visualizar el  trabajo en conjunto  como las mesa de participación, el Buen Trato, CIRA, que las comunas se enteren sobre lo que se trabaja y lo que se trata a nivel de directores del SSMS Y APS.
  •  Que todos los consejeros que postulan sean capaces de responder con su asistencia y compromiso. Lograr tener todos los estamentos representados.
  • Sobre todo, lograr ser una instancia resolutiva y no solo consultivos, aunque hemos logrado poner temas sobre la mesa como el Buen Trato, y otros.

Lo pendiente:

  • Debemos saber cómo cambiar y mejorar la Ley 20500.
  • No seguir siendo solo consultivos nuestra meta es ser incidentes y resolutivos en temas, por ejemplo, mejorar el trato entre usuario con el personal de salud   y vice versa
  • Estamos trabajando vinculado a 20 ideas desde la comunidad como de los profesionales en el tema del Buen Trato tanto el APS, Hospitales Públicos.
  •  La construcción del nuevo hospital del Barros Luco

La Ley 20500

Dentro de la Ley 20500 se consagran las Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. Llamados también Consejos de la Sociedad Civil y son parte de ellas y su objetivo principal es asegurar que la voz de la ciudadanía organizada sea escuchada en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Las Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública son la vía institucional para que la ciudadanía tenga participación. Es una instancia netamente consultiva, es decir, asesora a organismos públicos, pero sus decisiones u opiniones no obligan a la autoridad a tomarlas en cuenta, vale decir: no son vinculantes. Mantienen una completa autonomía respecto de los organismos que asesoran y están integrados por representantes que reflejen la diversidad de las organizaciones de la sociedad civil relacionadas con el área de competencia del organismo.

Los Consejos de la Sociedad Civil existen en la Administración Central, pues cada ministerio y servicio público debe establecer su propio consejo para acompañar su gestión. También en las Municipalidades y allí reciben el nombre de Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil o COSOC.

Los COSOCS están conformados por representantes de organizaciones sin fines de lucro (personalidad jurídica vigente), entre los que se encuentran: Organizaciones territoriales (Juntas de Vecinos); Organizaciones funcionales (Clubes de adultos mayores, centros de madres, clubes deportivos, etc.); Organizaciones de interés público (Fundaciones, corporaciones, ONG); Asociaciones gremiales y sindicatos; Comunidades indígenas (en las zonas que corresponda).

Las funciones más relevantes de los COSOCS son:

  • Opinión sobre instrumentos de gestión: En las municipalidades, deben ser consultados sobre el presupuesto municipal, el Plan Comunal de Desarrollo (PLADECO) y las modificaciones al Plan Regulador.
  • Seguimiento: Evaluar el cumplimiento de los planes y programas del organismo.
  • Canal de comunicación: Servir de puente entre la autoridad (Ministro, Director de Servicio o Alcalde) y las organizaciones sociales.
  • Sesiones: Deben sesionar al menos cuatro veces al año.

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