María Recabarren (concejal PC): El derecho a vivienda en Curacaví

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Hoy quisiera centrarme en uno de los tantos problemas de nuestra comuna “la vivienda social”, como derecho a la vivienda, en una primera parte. En una segunda oportunidad, quisiera profundizar sobre la vivienda y su proyección para Curacaví.

 

Veamos esta “primera patita”, donde no quisiera caer en el análisis básico de m2 mas o m2 menos, o más o menos subsidios, sino que por el contrario: qué implica esto en la sociedad y en la influencia que tiene en las desigualdades de la sociedad chilena, al no asumir el problema por lo que es, vale decir, “un problema transversal”.

 

¿Por qué la vivienda es un derecho?. La vivienda es el espacio en el cual hombres y mujeres desarrollan gran parte de sus actividades cotidianas. No solo cumple la función de abrigo y cobijo, sino también de habitabilidad en el territorio. Por ejemplo: influye y condiciona tanto la vida al interior de la casa, como hacia afuera.

 

La vivienda es también condición necesaria para el acceso a otros derechos, como salud, trabajo, alimentación y educación, dado que su propia condición (materialidad, diseño, habitabilidad, accesibilidad, localización, conexión a servicios urbanos, gastos que implica, etc.) genera un impacto directo en quienes viven en ella.

 

En esta perspec­tiva, la vivienda no es tan solo un asunto de recursos públicos y privados focalizados a las necesidades habitacionales de familias vulnerables. También su enfoque de derecho es una garantía dirigida a toda la población. Más que el acceso de cada familia a una vivienda; son compromisos dirigidos hacia la integración social de los territorios, situación que Chile pareciera haber olvidado.

 

Chile está suscrito a diferentes pactos internacionales con relación al derecho a la vivienda de los cuales, encontramos:

1. la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios

2. La Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación racial; El derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado (y) el derecho a la vivienda

3. la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios,…

4. la Convención sobre los Derechos del Niño. Proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda

5- el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia.

 

En Chile hay una contradicción de fondo entre el derecho a la vivienda y la implementación de ese derecho en “la privatización de la política habitacional”, donde prima el interés privado por sobre el derecho a la vivienda.

Leonel Gatica Cardemil
Leonel Gatica Cardemil
Leonel Gatica Cardemil tiene su enseñanza secundaria completa, la situación militar al dia y la papeleta de impuestos pagada, pero no todos los impuestos y sin muchas ganas. Ha publicado un solo libro: Palabras destiladas ante el silencio de tus ojos en Frankfurt/M y Milan. Participó en los talleres literarios de Carlos Ernesto Garcia en Barcelona; con el Prof Italo Santoro de la Universitaet JW Goethe y en creación y apreciación estética con Germán Carrasco Vielma en Stgo de Chile.

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