Una nueva arista se desarrolla en el conocido caso «colusiòn buses Curacavi». En esta ocasiòn a Fiscalía Nacional Económica, apeló al fallo del Tribunal Constitucional que admitió el requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por la empresa Pullman Bus. Este requerimiento va en contra de la decisión del TDLC que multó a la empresa Pullman Bus por colusión en la ruta Santiago-Curacaví, en un cartel de precios y de frecuencias de esta compañía con Ruta Vía Curacaví y Atevil mantenían.
Pullman Bus, con este recurso, fue más allá y pretende que el TC (Tribunal Constitucional) declare inaplicable el literal del artículo 26 del Decreto de Ley 211, que rige a la libre competencia en el país en la aplicación de las distintas multas y que dice que éstas podrán ser impuestas a la persona jurídica correspondiente, a sus directores, administradores, y a todos aquéllos que hayan intervenido en la realización del acto respectivo.
Según el fallo del TC, que tuvo una votación dividida, la acción de inaplicabilidad de Pullman Bus se encuentra razonablemente fundada y que no concurre en este proceso, ninguna de las causales de inadmisibilidad como la formulada en los alegatos pasados llevados a cabo por el fiscal nacional económico, Felipe Irarrázabal.
Sin embargo, en sus observaciones al fallo del TC, la FNE señaló que el precepto legal impugnado por Pullman Bus no produce un efecto de inconstitucionalidad, cosa que es alegada por la firma. “El inciso final del artículo 26 del DL 211 contempla un mecanismo proporcionado y razonable que permite distinguir entre conductas según el daño al bien jurídico libre competencia, a fin de graduar una sanción a imponer”.
En tanto, la Fiscalía Nacional Económica argumentó que no es efectivo que Pullman Bus haya sido condenada por una conducta de mero peligro, pues “afectó al mercado, a los consumidores, y obtuvo beneficios económicos de su ilícito”.
El requerimiento de esta empresa, además, pretende la inaplicación de la norma sancionatoria completa, lo cual genera un efecto contrario al bien jurídico libre competencia, y no soluciona la supuesta problemática constitucional planteada en el recurso de la compañía. Por lo tanto, tomando en cuenta que el recurso presentado por Pullman Bus ante el TC cuestiona el diseño legislativo del Decreto de Ley 211, alegando una omisión de las autoridades, esto excede el ámbito de la acción constitucional. Y asimismo, la FNE dejó en claro que el sistema actual de libre competencia es racional y análogo al de muchos países comparados.
El fiscal Irarrázabal, por medio de este escrito, solicitó al TC que rechace el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Pullman Bus.
Mientras se define esta situación, en nuestra comuna aún se disputa a diario un espacio en el bus a alto precio y en el mejor de los casos sentado y de cualquier forma con la permanente inseguridad debido al exceso de velocidad.